La difamación es un delito, no un derecho: cómo operan las campañas de chantaje reputacional en la era digital

Infografía sobre la Ley 74-25 en la República Dominicana, que aborda la difamación como un delito. Muestra ejemplos de cómo se sancionan campañas digitales y chantage reputacional.

En la era de las redes sociales, la reputación puede construirse en años y destruirse en cuestión de horas.

La crítica legítima forma parte de toda sociedad democrática. Sin embargo, existe una línea clara entre el ejercicio de la libertad de expresión y la utilización deliberada de información falsa como mecanismo de presión, chantaje o extorsión.

La Ley 74-25 de la República Dominicana establece sanciones específicas para la difamación y, de manera agravada, para la difamación extorsiva cuando la amenaza reputacional se utiliza para obtener beneficios económicos, contractuales, políticos o estratégicos.

Esta infografía explora tres escenarios cada vez más frecuentes en el ecosistema digital contemporáneo:

  • campañas contra procesos de licitación pública
  • ataques reputacionales corporativos antes de lanzamientos o movimientos financieros
  • presiones contra funcionarios públicos para detener reformas o favorecer intereses particulares

El patrón suele repetirse: primero se activa la campaña negativa mediante cuentas falsas, portales anónimos, bots o “influencers” pagados; luego aparece la oferta de detener el ataque a cambio de dinero, contratos o decisiones específicas.

La libertad de prensa protege la verdad.

La mentira organizada para destruir al otro no es información: es un delito.

Fuente: Ley 74-25 de la República Dominicana, artículos 208 y 209.

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