La salud mental no tiene ideología: ser inimputable no significa quedar libre

Cuando ocurre un hecho grave y aparece la posibilidad de un trastorno mental severo, la discusión suele contaminarse rápidamente de ideología, indignación y prejuicios. Pero la salud mental no pertenece a la izquierda, a la derecha, al feminismo, al conservadurismo ni a ninguna tribu cultural. Es una realidad clínica, y cuando puede haber afectado la conducta de una persona, también se convierte en una cuestión jurídica.
Reconocer una enfermedad mental no equivale a justificar el daño. Un trastorno grave puede comprometer la percepción de la realidad, el juicio, la capacidad para comprender lo que se está haciendo o el control de la propia conducta. Por eso el derecho penal moderno no solamente pregunta qué hizo una persona: también debe determinar en qué condiciones mentales lo hizo.
Aquí aparece un concepto que suele entenderse mal: la inimputabilidad. Ser declarado inimputable no significa que alguien recibe un pase para marcharse a su casa. Significa que el sistema concluye que no corresponde aplicar la responsabilidad penal de la misma manera que a una persona que actuó con plena capacidad mental. La consecuencia puede ser una medida de seguridad, internamiento psiquiátrico, tratamiento y control judicial.
En República Dominicana esto es particularmente claro. El artículo 71 del Código Penal establece que, cuando el tribunal determina que una persona que cometió una infracción es inimputable, debe ordenar su internamiento en un establecimiento, clínica, institución o pabellón psiquiátrico acreditado. Su duración la determina el tribunal según las necesidades del tratamiento, pero no puede ser inferior al mínimo ni superior al máximo de la pena de prisión correspondiente a la infracción cometida. En delitos con penas elevadas, eso puede traducirse en muchos años —incluso décadas— bajo una medida de seguridad.
Además, el sistema contempla control judicial de estas medidas: el juez determina dónde se ejecutan y debe revisar periódicamente la situación de la persona sometida a ellas.
Por eso, inimputabilidad no es sinónimo de impunidad. Es otra respuesta del Estado. Una justicia madura puede proteger a las víctimas, controlar el riesgo y, al mismo tiempo, reconocer que cuando existe una enfermedad mental grave la respuesta adecuada no siempre es una cárcel ordinaria.
Convertir estos casos en una pelea entre ideologías es reducir un problema clínico y jurídico complejo a una consigna. La verdadera pregunta no es de qué lado político está una persona. La pregunta es si tenía capacidad mental suficiente para comprender y controlar sus actos.
Justicia y salud mental no se excluyen. Una protege a las víctimas; la otra permite entender qué ocurrió. El Estado debe hacer ambas.
